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La Pampa habilita por cinco años una excepción para subdividir campos rurales

La Cámara de Diputados de La Pampa aprobó este jueves una modificación temporal a la Ley 468 de Unidades Económicas Agrarias, que permitirá subdividir determinados inmuebles rurales por debajo de las superficies mínimas establecidas actualmente.

La Pampa habilita por cinco años una excepción para subdividir campos rurales

La Cámara de Diputados de La Pampa aprobó este jueves una modificación temporal a la Ley 468 de Unidades Económicas Agrarias, que permitirá subdividir determinados inmuebles rurales por debajo de las superficies mínimas establecidas actualmente.

La medida tendrá una vigencia de cinco años y está dirigida principalmente a situaciones de condominio y procesos sucesorios, donde varios herederos comparten la titularidad de un campo pero encuentran dificultades para dividirlo legalmente debido a las superficies mínimas previstas por la normativa vigente.

La iniciativa surgió de la unificación de cuatro proyectos presentados por legisladores del FreJuPa, la UCR y el PRO-MID. El texto finalmente aprobado obtuvo mayoría en el recinto, mientras que el bloque de Comunidad Organizada no acompañó la propuesta.

Un límite del 10%

La excepción no permitirá subdividir los campos sin restricciones. La nueva normativa establece que ninguna de las parcelas resultantes podrá tener una superficie inferior al 10% de las magnitudes base establecidas por la Ley 468.

Por ejemplo, si la unidad económica correspondiente a una zona fuera de 250 hectáreas, el nuevo régimen permitiría que, bajo las condiciones previstas, las parcelas lleguen hasta un mínimo de 25 hectáreas.

Además, será necesario contar con el consentimiento de todos los copropietarios, presentar el correspondiente plano de mensura y garantizar que las nuevas parcelas tengan acceso a caminos existentes. También se contempla la posibilidad de establecer una servidumbre de paso voluntaria cuando corresponda.

Una herramienta para campos familiares

Uno de los principales objetivos de la reforma es atender situaciones que se repiten cuando un inmueble rural pasa de una generación a otra y queda en manos de varios herederos.

La Ley 468 fue sancionada en 1973 y sus impulsores plantearon durante el debate que las condiciones productivas, tecnológicas y familiares del sector rural cambiaron desde entonces.

La modificación busca, de manera transitoria, facilitar la regularización de esos inmuebles sin eliminar completamente el criterio de unidad económica que establece la legislación provincial.

Crean un Observatorio

La nueva ley también dispone la creación del Observatorio de la Unidad Económica Agraria, que deberá analizar durante los cinco años de vigencia de la excepción sus efectos y elaborar una propuesta para actualizar las magnitudes de las unidades económicas en la provincia.

De esta manera, la Legislatura establece una herramienta temporal para resolver situaciones de condominios y sucesiones y, al mismo tiempo, abre un proceso de análisis que podría derivar en una futura revisión integral de la Ley 468.

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